Precio Público Piscina municipal e instalaciones complementarias
25/01/2008
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NUMERO P-3
PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS.
(ORDENANZA REGULADORA)
ARTÍCULO 1º.-FUNDAMENTO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 41 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se determinan los criterios y las cuantías que se aplicarán para la exacción de precios públicos por la prestación del Servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarló.
ARTÍCULO 2º.-HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarlo, a instancia o provocación de terceros.
ARTÍCULO 3º.-NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR.
La obligación de pagar nace desde que se inicie la prestación del servicio, si bien se exige el depósito previo de su importe total en el momento de la solicitud de prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias.
ARTÍCULO 4º.-OBLIGADOS AL PAGO.
Deberán pagar el precio público las personas que se beneficien de la prestación del servicio, y también aquellas que ejerzan la patria potestad o tutela, en el caso de menores e incapacitados.
ARTÍCULO 5º.-PRECIOS APLICABLES (iva incluido).
Abonados
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Inscripción
1 mensualidad
Adultos primer miembro
27,98 euros/mes
Familiar 2º miembro
20,64 euros/mes
Cuota Familiar (1)
52,30 euros/mes
Adulto (Cuota Reducida) (2)
19,89 euros/mes
Jóvenes (15-25 años)
20,64 euros/mes
Tercera edad, jubilados mayores de 60 años y pensionistas
17,67 euros/mes
Infantil y discapacitados
14,74 euros/mes
Tercera edad, jubilados mayores de 60 años y pensionistas (Cuota Reducida) (2)
12,89 euros/mes
(1) Incluye padres e hijos menores de 25 años
(2) Horario de 7 a 14 horas.
Escuela de natación pequeños
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
70,62 euros
88,39euros
Anuales
106,07 euros
132,59 euros
Los cursos son de un día a la semana de 45 minutos durante todo el periodo lectivo.
Escuela de natación
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
47,14 euros
58,93 euros
Anuales
70,72 euros
88,39 euros
Bebés
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
106,07 euros
132,59 euros
Adultos
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
58,73 euros
73,68 euros
Anuales
82,50 euros
103,15 euros
+60 años
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
47,14 euros
58,93 euros
Anuales
70,72 euros
88,39 euros
Preparto y postparto
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ABONADOS
NO ABONADOS
Mensual 2 días
19,59 euros
24,53 euros
Mensual 1 día
11,05 euros
13,26 euros
Natación terapeútica
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
58,93 euros
73,68 euros
Programa AQUASALUS
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ABONADOS (Deben estar abonados)
Mensual
33,00 euros
Programa ACTIVIDAD ACUÁTICA TERAPÉUTICA
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ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
67,53 euros
84,30 euros
Tai-chi
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
68,89 euros
85,57 euros
Entradas puntuales
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Jóvenes y Adultos
4,78 euros
Infantil y tercera edad
2,93 euros
Alquileres
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1 calle / 1hora
17,67 euros
2 calles / 1 hora
32,42 euros
1 calle / 2 horas
32,42 euros
½ piscina pequeña / 1 hora
24,74 euros
Uso de 1/3 piscina pequeña en hora punta, 20 m2. lateral este (1)(2)
19,50 euros
Uso de 1/3 de la calle 1 en hora punta, 20 m2. lateral norte-este (1)(2)
12,39 euros
(1) Se considera hora punta desde las 17:00 a las 22:00.
Las entidades o colectivos que tengan la sede social en Benicarló disfrutarán de un 30% de descuento.
(2) Queda exceptuado de dicho descuento.
Campus deportivo y recreativo
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HORARIO
SERVICIO
PRECIO
08.30 a 09.30 h.
Servicio de Canguro Mañana
18,42 euros/turno
09.30 a 13.30 h.
Campus de Mañana
51,56 euros/turno
13.30 a 15.30 h.
Servicio Comedor
44,20 euros/turno
17.30 a 18.30 h.
Servicio de Canguro Tarde
31,74 euros/turno
15.30 a 17.30 h.
Campus de tarde
18,42 euros/turno
09.30 a 17.30 h.
Campus Completo
127,50 euros/turno
ARTÍCULO 6º.-GESTIÓN DEL PRECIO PÚBLICO.
1- La realización de la prestación de los servicios sujetos a este precio público se llevará a cabo a instancia de parte.
2- Todas las cuotas serán objeto de liquidación por ingreso directo.
3- Los abonos, cursos o cualesquiera otras cuotas que se devenguen periódicamente serán cargadas a la iniciación de la prestación del servicio en las cuentas corrientes del obligado al pago, para lo cual deberá aportar domiciliación bancaria a la solicitud de la prestación del servicio en los impresos que se le faciliten.
ARTÍCULO 7º.-IMPAGO DEL PRECIO PÚBLICO.
En caso de que se produzca un impago del precio público fijado, las deudas liquidadas y no pagadas se exigirán por el procedimiento administrativo de apremio y se procederá a la suspensión en la prestación del Servicio.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza ha sido aprobada inicialmente por el Ilmo Ayuntamiento en Pleno el día 25 de octubre de 2007 y no habiéndose presentado reclamaciones a la misma en el periodo de exposición al público, entrará en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde la publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 150 de fecha 8 de diciembre de 2007 y continuará en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
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