Precio Público por la prestación del Servicio de Piscina Municipal e Instalaciones Complementarias
14/09/2000
Precio Público por la prestación del Servicio de Piscina Municipal e Instalaciones Complementarias
- NUMERO P-3
NUMERO P-3
PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS.
ARTÍCULO 1º.-FUNDAMENTO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 41 y siguientes de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de la Haciendas Locales, se determina los criterios y las cuantías que se aplicarán para la exacción de precios públicos por la prestación del Servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarló.
ARTÍCULO 2º.-HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarlo, a instancia o provocación de terceros.
ARTÍCULO 3º.-NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR.
La obligación de pagar nace desde que se inicie la prestación del servicio, si bien se exige el depósito previo de su importe total en el momento de la solicitud de prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias.
ARTÍCULO 4º.-OBLIGADOS AL PAGO.
Deberán pagar el precio público las personas que se beneficien de la prestación del servicio, y también aquellas que ejerzan la patria potestad o tutela, en el caso de menores e incapacitados.
ARTÍCULO 5º.-PRECIOS APLICABLES (iva incluido).
1- Abonados
Inscripción
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1
mensualidad
|
Adultos
primer miembro
|
3.800
pesetas/mes
|
Familiar
2º y 3er. miembro
|
2.800
pesetas/mes
|
Familiar
(Completa) (1)
|
7.100
pesetas/mes
|
Adulto
(Cuota Reducida) (2)
|
2.700
pesetas/mes
|
Jóvenes
(15-25 años)
|
2.800
pesetas/mes
|
Jubilados
mayores de 60 años y pensionistas
|
2.400
pesetas/mes
|
Infantil
y discapacitados
|
2.000
pesetas /mes
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Jubilados
mayores de 60 años y pensionistas (Cuota Reducida) (2)
|
1.750
pesetas/mes
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(1) Incluye padres e hijos menores de 25 años
(2) Horario de 7 a 14 horas.
2- Curso de natación escolar
Educación infantil y educación especial
14.000
pesetas/curso
Primaria
y secundaria
9.000
pesetas/curso
Bachiller
y módulos profesionales
8.000
pesetas/curso
Los cursos son de un día a la semana de 45 minutos durante todo el periodo lectivo.
3- Curso de actividades acuáticas trimestrales
ABONADOS
NO
ABONADOS
Adultos
8.000
pesetas/trimestre
10.000
pesetas/trimestre
Jubilados
y pensionistas
6.400
pesetas/trimestre
8.000
pesetas/trimestre
Infantil
6.400
pesetas/trimestre
8.000
pesetas/trimestre
Niños
9.600
pesetas/trimestre
12.000
pesetas/trimestre
Bebes
---
18.000
pesetas/trimestre
Los cursos son de dos sesiones semanales, a excepción del curso de bebes que será de uno a la semana. La duración de la sesión será de 45 minutos
4- Curso de actividades acuáticas temporada
ABONADOS
NO
ABONADOS
Adultos
11.200
pesetas/curso
14.000
pesetas/curso
Infantil
9.600
pesetas/curso
12.000
pesetas/curso
Niños
14.400
pesetas/curso
18.000
pesetas/curso
Los cursos son de una sesión semanal. La duración de la sesión será de 45 minutos y del curso 9 meses.
5- Curso de actividades acuáticas intensivas de verano
ABONADOS
NO
ABONADOS
Adultos
7.200
pesetas/curso
9.000 pesetas/curso
Infantil
5.600
pesetas/curso
7.000
pesetas/curso
Niños
8.800 pesetas/curso
11.000
pesetas/curso
Los cursos son de cinco sesiones semanales. La duración de la sesión será de 45 minutos y del curso 1 mes.
6- Programas de salud
ABONADOS
NO
ABONADOS
Natación
terapéutica Inf.
8.000
pesetas/curso
10.000
pesetas/curso
Correctiva
adultos
9.600
pesetas/curso
12.000
pesetas/curso
Preparto
8.000
pesetas/curso
10.000
pesetas/curso
Los cursos son de dos sesiones semanales. La duración de la sesión será de 45 minutos y del curso trimestre.
7- Entradas puntuales
Infantil
|
400
pesetas
|
Jóvenes
y Adultos
|
650 pesetas
|
Jubilados
y Pensionistas
|
400
pesetas
|
8- Alquileres
1 calle / 1hora
2.400
pesetas
2
calles / 1 hora
4.400
pesetas
1
calle / 2 horas
4.400
pesetas
1/2
piscina pequeña / 1 hora
1.680
pesetas
Las entidades o colectivos que tengan la sede social en Benicarlo disfrutaran de un 30% de descuento.
9- Cursos de Tai-Chi
ABONADOS
NO
ABONADOS
9.600
pesetas/curso
12.000
pesetas/curso
Los cursos son de 2 sesiones semanales y la duración del mismo un trimestre.
10- Bailes de Salón
ABONADOS
NO
ABONADOS
8.000
pesetas/curso
10.000
pesetas/curso
Los cursos son de una sesión semanal y la duración del mismo un trimestre.
11- Campus deportivo y recreativo (*)
HORARIO
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SERVICIO
|
PRECIO
|
08.00
a 09.30 h.
|
Servicio
de Canguro Mañana
|
2.500
ptas/turno
|
09.30
a 13.30 h.
|
Campus
de Mañana
|
7.000
ptas./turno
|
13.30
a 15.30 h.
|
Servicio
Comedor
|
6.000
ptas./turno
|
15.30
a 17.30 h.
|
Campus
de Tarde
|
4.000
ptas./turno
|
17.30
a 19.00 h.
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Servicio
de Canguro Tarde
|
2.500
ptas./turno
|
(*) Cada padre podrá elegir el servicio que desee de forma independiente.
Edades: A- de 6 a 9 años.
B- de 10 a 12 años
Turnos: 1er. turno: del 3 al 14 de Julio del 2000
2º turno: del 17 al 28 de Julio del 2000
3er. turno: del 31 de Julio al 11 de Agosto del 2000
ARTÍCULO 6º.-GESTIÓN DEL PRECIO PUBLICO.
1- La realización de la prestación de los servicios sujetos a este precio público se llevará a cabo a instancia de parte.
2- Todas las cuotas serán objeto de liquidación por ingreso directo.
3- Los abonos, cursos o cualesquiera otras cuotas que se devenguen periódicamente serán cargadas a la iniciación de la prestación del servicio en las cuentas corrientes del obligado al pago, para lo cual deberá aportar domiciliación bancaria a la solicitud de la prestación del servicio en los impresos que se le faciliten.
4- No obstante el curso de pago del precio público por el curso de natación escolar se producirá por mitades, el primer 50% durante los meses de octubre-noviembre y el otro 50% en los meses de enero-febrero.
ARTÍCULO 7º.-IMPAGO DEL PRECIO PUBLICO.
En caso de que se produzca un impago del precio público fijado, las deudas liquidadas y no pagadas se exigirán por el procedimiento administrativo de apremio y se procederá a la suspensión en la prestación del Servicio.
DISPOSICIÓN FINAL.
La creación de la presente Ordenanza fiscal, aprobada provisionalmente por el Ilmo. Ayuntamiento en Pleno el día 27.04.2000 y no habiéndose presentado reclamaciones a la misma en el periodo de exposición al público, entro en vigor tras ser publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de Castellón número 87 el 18.07.2000, toda vez que las instalaciones complementarias estén en disposición de uso y continuará en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.