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HISTÒRIA DE L'EDIFICI

5. Nacimiento de la Casa del Consell

5. EL NACIMIENTO DE LA CASA DEL "CONSELL"

La historia de los municipios y de la construcción de casas consistoriales fue una lucha constante entre los poderes feudales, religiosos o reales y la autonomía que exigía el pueblo.

Los ayuntamientos son una creación arquitectónica de la Europa occidental, que se contextualizan en una época en la que las ciudades, enriquecidas por el comercio, fueron adquiriendo progresivamente de la autoridad de la nobleza y de los reyes, organizándose en comunas libres.

Las casas comunales se construyeron para dar cabida a los siguientes usos:

  1. Una sala para las reuniones del Concejo Comunal

  2. Un vestíbulo o un pórtico abierto en la planta baja, que permitía el contacto entre el pueblo y el gobierno y que servía muchas veces de mercado.

  3. Una ventana o una balconada para promulgar los edictos o dirigirse al pueblo.

    Las casas comunales ocupaban un lugar destacado dentro de las ciudades, con una planta baja con arcadas que acogían el mercado, y arriba la gran Sala del Consejo. En esta sala se reunían para deliberar el gran concejo bajo presidencia de del podestà. La planta baja se consideraba una prolongación del mercado, o mejor dicho, el local administrativo desde el que se dirigía la vigilancia de las actividades mercantiles, y donde se regulaban los pesos y las medidas. Los bienes privilegiados, como el hierro, el vino, las hierbas, debían venderse bajo esas arcadas. Se piensa que se celebrarían las subastas y allí tendrían sus puestos los juristas, notarios, escribas y tasadores oficiales.

5.1 ORIGEN DEL "CONSELLS" EN LAS COMARCAS SEPTENTRIONALES DE LA PROVINCIA DE CASTELLÓN

En las comarcas del Maestrazgo y els Ports de Morella se registra un interesante grupo de salas del Concejo, aunque han sufrido bastantes transformaciones. Durante el siglo XVI, con una evolución de las formas decorativas, se creó la Sala consistorial de Benicarló.

Durante la Reconquista, a medida que los pueblos iban siendo "liberados" los monarcas les otorgaban, a causa de la ayuda recibida de ellos y de su propia debilidad, las Cartas Puebla o Fueros, las cuales les conservan las peculiaridades que habían tenido durante la dominación árabe.

En nuestra región, a partir de la conquista del antiguo Reino de Valencia por el Rey Jaume I, surge un régimen político diferente hasta el musulmán que había anteriormente. La nueva organizaación daba un importante poder y responsabilidad político administrativa a los núcleos de población.

Los privilegios y las libertades que otorgaban los fueron municipal, requerían de un órgano de gobierno que funcionara bajo un poder ejecutivo.

Primero se constituyeron las asambleas vecinales, mediante los Consejos abiertos, posteriormente por el Consejo, gobernado por un patriarcado urbano y a finales del siglo XIV los cargos municipales aparecían tomados por nobles y familias burguesas.

Así pues, el surgimiento de la ciudad autogobernada trajo consigo una arquitectura propia de casas, tiendas, almacenes gremiales, edificios mercantiles y el propio edificio del Consell.

Antes de la construcción dels "Consells", se celebran las reuniones en casas particulares, en las torres defensivas, en los porches o en el interior de las iglesias. Pero los gobiernos municipales, orgullosos de sus nuevas competencias apostaron por reforzar su imagen y fortalecer su imagen pública entre los ciudadanos.

La mayoría de estos edificios ocuparon un lugar preferente y privilegiado dentro del núcleo urbano, de hecho el edificio fue construido en el cruce les "quatre cantons" que geográficamente era el centro del núcleo urbano.

No se sabe a ciencia cierta el año exacto de construcción de la antigua Casa del "Consell" de Benicarló, pero todas las edificaciones arquitectónicas del gótico civil de las comarcas septentrionales de la Comunidad Valenciana tuvieron lugar entre los siglos XIV y XVI.

El edificio era concebido arquitectónicamente como una estructura mixta, resultado de la combinación de una lonja con una vivienda señorial. La parte inferior, cumplía las funciones mercantiles con las actividades asemblearias. Se regulaban las pesas, medidas y marcas, asegurándose de las provisiones y la regulación de los precios. Había tiendas oficiales que también tenían cabida en estos edificios, como mataderos, carnicerías, pescaderías, hornos o panaderías. Por aquella época solo los hornos de pan se contrataban con particulares, cooperativas o parroquias, y que con el tiempo se extendió al resto de servicios básicos.

Mientras que la sala , situada en la parte superior tenía ventanas a las calles para poder dirigirse a los ciudadanos. Las características de la sala eran idóneas para las reuniones del Concejo, el Tribunal de Justicia y recepciones extraordinarias.

Creat per llujan el 27/02/2014
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