Precio Público Servicio Piscina municipal e instalaciones complementarias
05/01/2006
NUMERO P-3
PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE PISCINA MUNICIPAL E INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS.
(ORDENANZA REGULADORA)
ARTÍCULO 1º.-FUNDAMENTO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 41 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se determinan los criterios y las cuantías que se aplicarán para la exacción de precios públicos por la prestación del Servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarló.
ARTÍCULO 2º.-HECHO IMPONIBLE.
Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias que realiza el Ayuntamiento de Benicarlo, a instancia o provocación de terceros.
ARTÍCULO 3º.-NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR.
La obligación de pagar nace desde que se inicie la prestación del servicio, si bien se exige el depósito previo de su importe total en el momento de la solicitud de prestación del servicio de piscina municipal e instalaciones complementarias.
ARTÍCULO 4º.-OBLIGADOS AL PAGO.
Deberán pagar el precio público las personas que se beneficien de la prestación del servicio, y también aquellas que ejerzan la patria potestad o tutela, en el caso de menores e incapacitados.
ARTÍCULO 5º.-PRECIOS APLICABLES (iva incluido).
Abonados
-
Inscripción
1 mensualidad
Adultos primer miembro
26,98 euros/mes
Familiar 2º miembro
19,90 euros/mes
Cuota Familiar (1)
50,43 euros/mes
Adulto (Cuota Reducida) (2)
19,18 euros/mes
Jóvenes (15-25 años)
19,90 euros/mes
Tercera edad, jubilados mayores de 60 años y pensionistas
17,04 euros/mes
Infantil y discapacitados
14,21 euros/mes
Tercera edad, jubilados mayores de 60 años y pensionistas (Cuota Reducida) (2)
12,43 euros/mes
(1) Incluye padres e hijos menores de 25 años
(2) Horario de 7 a 14 horas.
Escuela de natación pequeños
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
68,10 euros
85,24 euros
Anuales
102,29 euros
127,86 euros
Los cursos son de un día a la semana de 45 minutos durante todo el periodo lectivo.
Escuela de natación
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
45,46 euros
56,83 euros
Anuales
68,20 euros
85,24 euros
Bebés
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
102,29 euros
127,86 euros
Adultos
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
56,63 euros
71,05 euros
Anuales
79,56 euros
99,47 euros
+60 años
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
45,46 euros
56,83 euros
Anuales
68,20 euros
85,24 euros
Preparto y postparto
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Mensual 2 días
18,89 euros
23,65 euros
Mensual 1 día
10,66 euros
12,79 euros
Natación terapeútica
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
56,83 euros
71,05 euros
Tai-chi
-
ABONADOS
NO ABONADOS
Trimestrales
66,43 euros
82,52 euros
Entradas puntuales
-
Jóvenes y Adultos
4,61 euros
Infantil y tercera edad
2,83 euros
Alquileres
-
1 calle / 1hora
17,04 euros
2 calles / 1 hora
31,26 euros
1 calle / 2 horas
31,26 euros
½ piscina pequeña / 1 hora
23,86 euros
Las entidades o colectivos que tengan la sede social en Benicarlo disfrutaran de un 30% de descuento.
Campus deportivo y recreativo
-
HORARIO
SERVICIO
PRECIO
08.30 a 09.30 h.
Servicio de Canguro Mañana
17,76 euros/turno
09.30 a 13.30 h.
Campus de Mañana
49,72 euros/turno
13.30 a 15.30 h.
Servicio Comedor
42,62 euros/turno
17.30 a 18.30 h.
Servicio de Canguro Tarde
30,61 euros/turno
15.30 a 17.30 h.
Campus de tarde
17,76 euros/turno
09.30 a 17.30 h.
Campus Completo
122,95 euros/turno
ARTÍCULO 6º.-GESTIÓN DEL PRECIO PUBLICO.
La realización de la prestación de los servicios sujetos a este precio público se llevará a cabo a instancia de parte.
Todas las cuotas serán objeto de liquidación por ingreso directo.
Los abonos, cursos o cualesquiera otras cuotas que se devenguen periódicamente serán cargadas a la iniciación de la prestación del servicio en las cuentas corrientes del obligado al pago, para lo cual deberá aportar domiciliación bancaria a la solicitud de la prestación del servicio en los impresos que se le faciliten.
ARTÍCULO 7º.-IMPAGO DEL PRECIO PUBLICO.
En caso de que se produzca un impago del precio público fijado, las deudas liquidadas y no pagadas se exigirán por el procedimiento administrativo de apremio y se procederá a la suspensión en la prestación del Servicio.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza ha sido aprobada inicialmente por el Ilmo Ayuntamiento en Pleno el día 27 de octubre de 2005 y no habiéndose presentado reclamaciones a la misma en el periodo de exposición al público, entrará en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde la publicación íntegra de su texto en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 149 de fecha 13 de diciembre de 2005 y continuará en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
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